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T-MEC puede agilizar la aplicación del Convenio 98 sobre libertad sindical

El nuevo capítulo laboral del Tratado habla de proteger ese derecho y la contratación colectiva
jue 18 octubre 2018 11:11 PM
integrantes del Sindicato Nacional de Trabajadores Mineros, Metal�rgicos y Similares de la Rep�blica Mexicana
integrantes del Sindicato Nacional de Trabajadores Mineros, Metal�rgicos y Similares de la Rep�blica Mexicana - (Foto: Trabajadores mineros / Foto: Cuartoscuro.)

La celebración del Tratado entre México, Estados Unidos Canadá (T-MEC) adelantará el proceso de aplicación del Convenio 98 de libertad sindical, ratificado recientemente por el Senado mexicano, incluso antes de que termine 2018, estimó Baker McKenzie, empresa de consultoría empresarial.

Salvador Pasquel, socio del grupo de práctica Laboral y Compensaciones de Baker McKenzie México, recordó que el 20 de septiembre de 2018 el Senado de la República ratificó el Convenio 98 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).

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Conforme a lo que ordena dicho convenio, México adoptó obligaciones para asegurar el ejercicio de la libertad sindical y la negociación colectiva en el sentido de que éstas no sean motivo para obtener o perder un empleo.

Todo parecía indicar que en al menos en un año entraría en vigor una reforma profunda a la Ley Federal del Trabajo (LFT), pero con la celebración del T-MEC (USMCA en inglés) este proceso puede concluir antes de que termine este año.

Salvador Pasquel refirió que el Capítulo Laboral del T-MEC —que sustituye al viejo Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN)— reconoce los compromisos adquiridos por los tres países —México, Estados Unidos y Canadá— en la Declaración de Principios y Derechos Fundamentales de la OIT, como son: la libertad de asociación y el reconocimiento efectivo del derecho a la negociación colectiva.

Asimismo, ese apartado destaca la obligación de eliminar todas las formas de trabajo forzoso u obligatorio; la abolición efectiva del trabajo infantil y la eliminación de la discriminación en todas sus formas.

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En particular, en el tema de libertad de asociación y el reconocimiento efectivo del derecho a la negociación colectiva, el Anexo 23 A del T-MEC establece obligaciones específicas para México, lo que da mayor claridad sobre cómo se modificará su legislación laboral, refirió el experto.

Con dedicatoria para México

En este sentido, Pasquel consideró que la LFT deberá garantizar el derecho de los trabajadores a involucrarse en actividades para la negociación o protección colectiva y de organizar, formar o unirse al sindicato de su preferencia.

La ley reglamentaria del artículo 123 constitucional también deberá prohibir la dominación o interferencia de los patrones en las actividades sindicales, al igual que prohibir la discriminación o coerción contra los trabajadores por apoyos sindicales o por su negativa a unirse al sindicato debidamente reconocido.

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Además, será necesario establecer los siguientes requisitos para el registro inicial de un Contrato Colectivo de Trabajo: que el lugar de trabajo se encuentre en operaciones; que los trabajadores puedan conocer el contrato y que la mayoría de los trabajadores cubiertos por dicho contrato hayan mostrado su apoyo mediante el voto personal, libre y secreto.

Con estos requisitos se combate al llamado sindicalismo de protección patronal, que implica el acuerdo entre una empresa y un sindicato simulado o bien un despacho de abogados para firmar un Contrato Colectivo de Trabajo a espaldas de los trabajadores, en aras de impedir el ejercicio auténtico de los derechos colectivos y de esta forma evitar una negociación real entre trabajadores y patrones.

Salvador Pasquel hizo ver que la LFT deberá comprobar el apoyo mayoritario para futuras revisiones (salario / condiciones generales de trabajo) de todos los contratos colectivos de trabajo existentes, mediante el voto personal, libre y secreto.

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Los contratos colectivos de trabajo existentes deberán ser revisados al menos una vez durante los cuatro años siguientes a la entrada en vigor de la legislación, lo que no implicará la terminación de ningún contrato ya registrado, siempre y cuando las partes demuestren que existe el apoyo de la mayoría de los trabadores.

Enero de 2019 será una fecha clave

El especialista mencionó que los contratos colectivos de trabajo y los documentos relacionados al sindicato deberán mantenerse disponibles para todos los trabajadores cubiertos por dicho acuerdo, conforme a la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información.

Salvador Pasquel mencionó que el país debe tener un sitio de Internet centralizado con todos los contratos colectivos de trabajo en vigor, mismo que deberá ser administrado por una unidad independiente.

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Refirió que los países signatarios del T-MEC esperan que México efectúe las modificaciones necesarias a su legislación antes del 1 de enero de 2019, ya que que la entrada en vigor del tratado comercial podrá ser retrasada hasta la entrada en vigor de dicha legislación.

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