Los cambios hechos son para no limitar el desarrollo tecnológico en los sistemas de medición
Miércoles, 28 de noviembre de 2012 a las 07:45
Photos To Go
ARTÍCULOS RELACIONADOS
SE pide eliminar traducción en normas Solicitó quitar el requisito para NOMs extranjeras reconocidas como estándar internacional
Luz verde para NOM en manejo de radiación Cofemer y STPS trabajarán en la norma sobre seguridad en manejo de radiación ionizante
SCT presenta NOM para transporte Busca actualizar las condiciones físico-mecánicas mínimas requeridas para su operación
ISO actualiza norma para choferes de transporte Se trata de la norma 16121-1:2012 sobre requisitos ergonómicos para el puesto de un conductor
CIUDAD DE MÉXICO — La Comisión Federal de Mejora Regulatoria aprobó la publicación de los cambios a la norma oficial mexicana (NOM) sobre los instrumentos de medición para los equipos que despacha combustibles líquidos.
El proyecto presentado por la Secretaría de Economía (SE) explica que la NOM-005-SCFI-2011, “Instrumentos de medición-Sistema para medición y despacho de gasolina y otros combustibles líquidos-Especificaciones, métodos de prueba y de verificación”, presentaba referencias inexistentes y podría limitar el desarrollo tecnológico en los sistemas de medición y despacho de gasolinas.
El principal objetivo de la norma es establecer las especificaciones, métodos de prueba y verificación de los distintos sistemas de medición para despacho de gasolina.
A fin de frenar el robo del combustible, a través de sistemas cibernéticos, que las autoridades estiman ha dejado ganancias por 50 mil millones de pesos anuales a los propietarios de gasolineras.
La SE presentó el proyecto para las modificaciones de la NOM el primero de octubre pasado, a 25 días que la misma entrará en operación, y una vez que se publiquen los cambios en el Diario Oficial de la Federación, éstos entrarán en operación 60 días naturales después.
De acuerdo con la revisión realizada por el Centro Nacional de Metrología y Procuraduría Federal del Consumidor, los ajusten a la NOM son necesarios para no limitar el desarrollo tecnológico de los sistemas para el despacho de combustibles, se garantice la confiabilidad y se dé certeza a las transacciones de combustible.
La SE detalla que se realizaron modificaciones a los numerales 5.5.2, 7.1.1.4, 7.3.1.1, 7.3.1.2.4.1.3, 7.3.2.6.4 y 9.4.2.4.14 para eliminar referencias inexistentes.
Se cambiaron cinco numerales para que la NOM reconozca las nuevas tecnologías en el diseño de los sistemas para medición y despacho de gasolina.
Por ejemplo, en el 7.3.1.2.2, se eliminó la especificación: “Los circuitos integrados que albergan el programa que controla el funcionamiento del sistema de medición y despacho de gasolina y otros combustibles líquidos estén cubiertos completamente por una membrana de un material transparente que permita la identificación del circuito integrado …”.
Debido a que las tarjetas electrónicas con sistema embebido, son elementos de una sola pieza, por lo que la remoción de sus componentes las hace inservibles, lo que hace innecesario cubrir su superficie.
En los numerales 7.3.1.2.3.1 y 7.3.1.2.3.2 se eliminó la restricción, que sólo permitía la escritura de programas de cómputo por el puerto serial (RS232) y se agregó el texto:
“La actualización de los programas de cómputo debe realizarse de forma local, esto es, remplazando la tarjeta que contiene los circuitos integrados, que albergan tales programas de cómputo, o bien, mediante la escritura de los mismos a través de un puerto de comunicación, incluyendo el puerto serial RS232.
Zona de comentarios
Comparte esta liga: http://www.manufactura.mx/n0002SI