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Imposible para los calentadores solares de tubo cumplir la nueva NOM027

Senador del PRD pide que se suspenda la norma y que la Cofece analice si fomenta los monopolios
jue 08 noviembre 2018 04:29 PM
calentadores solares
calentadores solares - (Foto: iStock)

El senador del Partido Revolución Democrática (PRD), Antonio García Conejo, exhortó a revisar la Norma Oficial Mexicana 027 de 2018, referente a la venta de calentadores solares para agua, por la posible obstrucción de la libre competencia en el mercado.

García Conejo dijo que no se puede consentir que, a través de normas oficiales, se disfrace una tolerancia a los monopolios, lo cual viola el Articulo 28 constitucional.

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La norma NOM-027-ENER/SCFI-2018 —publicada el pasado 28 de agosto en el Diario Oficial de la Federación—, referente al rendimiento térmico, ahorro de gas y requisitos de seguridad para los calentadores que utilizan agua y gas, establece los parámetros que deben tener los calentadores solares que se comercializan en el país.

Pese a los dos tipos de calentadores que existen, de tubo y de cama, el texto normativo exigió pruebas que condicionan la comercialización de los primeros, lo que otorga preferencia al segundo tipo, aseguró el senador.

La descripción de las pruebas

Las autoridades federales establecieron dos pruebas, la primera sobe la resistencia a la presión hidrostática, por la que los calentadores tienen que tolerar una presión equivalente a la ejercida por el agua que cae desde un tinaco de 30 a 60 metros de altura.

En tanto que la segunda prueba consiste en la resistencia al impacto, a través de la cual el calentador tiene que recibir, sin romperse, 10 impactos con una esfera de acero con una masa de 150 gramos desde una altura de 1.40 metros.

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En opinión de García Conejo, las autoridades establecieron pruebas que en ninguna circunstancia los calentadores de tubo podrán acreditar, con lo que se obstruye su venta en el mercado.

Consecuencias económicas y ambientales

Al entrar en vigor, esa norma causará graves perjuicios a las más de 16.6 millones de familias mexicanas que tienen tinaco en su vivienda, quienes conforman el mercado potencial para la venta de calentadores solares, un sector de bajos recursos.

El senador por el estado de Michoacán explicó que este tema tiene además una connotación ambiental, pues los calentadores solares evitan el uso de gas.

La NOM-027-ENER/SCFI-2018 también afectará a 15,000 empleos directos y a al menos 400 empresarios que se dedican a la fabricación de calentadores de tubo, quienes reducirán su participación en el mercado, insistió el legislador.

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El planteamiento, avalado por el Grupo Parlamentario del PRD en un punto de acuerdo, se turnó a la Comisión de Economía, para llamar a dos acciones: exhortar a los directores generales de la Comisión Nacional para el Uso Eficiente de Energía de la Secretaría de Energía (Sener), y al de Normas de la Secretaría de Economía (SE), a suspender la entrada en vigor de la Norma Oficial Mexicana 027 de 2018.

Y segundo, que se dé vista a la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) para que determine la legalidad de dicha norma, en virtud de la posible obstrucción del mercado.

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